Qué
es la prima de servicios y quiénes tienen derecho?
La prima de servicios es un beneficio en
el cual los empleados vinculados mediante contrato laboral, participan de las
utilidades de la empresa.
A partir de la Ley 1788 de
2016, la prima de servicios también se les paga a las empleadas del
servicio doméstico y a los trabajadores ocasionales o transitorios.
Esta prestación social no se les paga a
las personas vinculadas mediante contrato por prestación de servicios y a los
empleados que devengan salario integral.
¿A
cuánto equivale la prima de servicios?
Este beneficio corresponde a un salario
mensual si el empleado ha trabajado todo el año, si por el contrario la
vinculación es inferior a un año, el beneficio de la prima será proporcional al tiempo que lleve
vinculado.
La liquidación se realizará cada
semestre, pagaderas en dos cuotas anuales; la primera a más tardar el 30 de
Junio y la segunda a más tardar el 20 de Diciembre.
¿Cuál
es el salario base para calcular la prima?
La prima de servicios se calcula sobre el
promedio del sueldo devengado durante los seis meses que corresponden a cada
liquidación.
Para efectos de este cálculo se incluyen
los sueldos, los recargos nocturnos, las horas extras, los dominicales y las
vacaciones, también se suma el auxilio de transporte si el empleado tiene
derecho al mismo.
Importante tener en cuenta que las
incapacidades no suspenden el contrato laboral, por lo cual no afectan la liquidación
de la prima de servicios.
La fórmula para sacar la prima de
servicios es la siguiente:
Para liquidar la prima, las empresas
deben calcular que cada pago de nómina sea mensual, quincenal o semanal, la
provisión por concepto de prima de servicios es correspondiente al 8.33% del
salario liquidado.
Sobre la prima de servicios la empresa no
debe pagar ni seguridad social ni aportes parafiscales por no constituir parte
del salario.

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