A partir del 1 de Junio de 2018 entrará en vigencia la facturación electrónica
Los plazos para facturar electrónicamente han
variado de forma notoria desde el momento en que se anunció este nuevo modelo.
Lo que sí está claro con la expedición de la resolución 010 de 2018, a partir
del 1° de junio del año en curso deberán facturar electrónicamente los contribuyentes,
responsables y agentes de retención, que se encuentran calificados como Grandes
Contribuyentes; entre estos se encuentra C.I. ANEXPO S.A.S. Cabe señalar que la
fecha máxima para iniciar con la expedición de facturación electrónica para
estos contribuyentes será a partir del 1° de septiembre de 2018.
Esta resolución entrará en vigencia a partir del
1 de Junio del año en curso y se definió como fecha máxima para la expedición
de las mismas a partir del 1 de septiembre de 2018.
En Anexpo le contamos en qué consiste:
Una factura electrónica es un documento que
permite que todas las transacciones de venta, tanto para bienes o servicios y
que operativamente se tramitan a través de sistemas de computo o soluciones
informáticas cumplan con todas las características y condiciones con relación a
la expedición, recibo, rechazo y conservación.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –
DIAN busca a través de la implementación de esta nueva herramienta identificar
transacciones específicas en tiempo real, lo que les permitirá junto con los
medios magnéticos y la presentación de las declaraciones tributarias optimizar
la fiscalización y recaudo de los impuestos correspondientes.
Tenga presente que tanto para la emisión y circulación de las facturas electrónicas deben intervenir los siguientes actores:
·
Facturador
Electrónico: Cualquier persona natural o jurídica que esté
obligado a facturar electrónicamente.
·
Adquirente:
Personas que adquieren un bien o un
servicio y deben recibir, confirmar, verificar, aceptar y/o rechazar la factura
electrónica.
·
Proveedor
Tecnológico: Terceros autorizados por la DIAN, que ofrecen
servicios tecnológicos inherentes a la facturación electrónica y mediante un
software especial ofrecen soluciones tanto para la emisión como para la
recepción de las facturas electrónicas.
Imagen de apoyo
Para mayor información, visite la página https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Presentacion/Paginas/Queesfacturaelectr%C3%B3nica.aspx. Fuente DIAN
Descargue aquí el comunicado de la Dian y la
Resolución # 010 del 06 de Febrero de 2018

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